Curso

LA GESTIÓN DEL EMPLEADO PÚBLICO TRAS EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015

  • Desde: 10/12/19
  • Hasta: 10/2/20
  • Campus de Valencia
  • Idioma: Castellano
  • Online

Preinscripción desde el 11/11/19

Matrícula disponible hasta el 15/12/19

Promovido por:
Dpto. de Urbanismo

Responsable de la actividad:
Mª Jesus Romero Aloy



Modalidad

Presencial Online Emisión en directo

0 horas


50 horas


0 horas

Lugar de impartición
ON LINE
Certificación

Aprovechamiento

Modalidad

ONLINE

Curso

2019-2020

ECTS

5

Campus

Valencia

0 h

Presenciales

50 h

Online

Precio Colectivo
175 € Alumni UPV PLUS o AAA UPV 
175 € Alumno UPV 
175 € Personal UPV 
200 € Público en general 
175 €  Desempleados
175 €  Empleados públicos
175,00 € - Alumni UPV PLUS o AAA UPV
175,00 € - Alumno UPV
175,00 € - Personal UPV
200,00 € - Público en general
175,00 € - Empleados públicos
175,00 € - Desempleados

Objetivos

En primer lugar y a través del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público se realiza una importante labor de refundición que trae causa del contenido y mandato derivado del artículo 1 de la Ley 20/2014, de 29 de octubre, por la que se delega en el Gobierno la potestad de dictar diversos textos refundidos, en virtud de lo establecido en el artículo 82 y siguientes de la Constitución Española.
Referido a la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 tiene por objeto integrar las determinaciones legales que lo han modificado o afectado a su ámbito material, contribuyendo así, como se reconoce en su exposición de motivos, a dotar de seguridad jurídica a nuestro ordenamiento jurídico.
En materia laboral, la novedad constituida por la publicación del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público va acompañada por la también reciente publicación del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 24 de octubre).
Además de las modificaciones introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, entre las mejoras para los empleados públicos que se incorporan al Texto Refundido se pueden citar: -Los regímenes de permisos, movilidad y excedencia por razón de violencia, que se regularon por la Ley L.O. 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. -La recuperación de los seis días de asuntos particulares, que se reguló mediante Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía. -El permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave, que se reguló en la Disposición final segunda de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social)
El nuevo texto refundido mantiene el mismo número de artículos (100). Se mantiene la regulación del objeto y ámbito de aplicación (artículos 1 a 7 que coinciden plenamente con la Ley 7/2007). Mantenimiento igualmente del concepto y clases del personal al servicio de las Administraciones Públicas (artículos 8 a 12), así como del personal directivo (artículo 13) coincidiendo la numeración, de los derechos y deberes de los empleados públicos, así como del código de conducta de los empleados públicos (artículos 14 y 15) o de la regulación del derecho a la carrera profesional y de la promoción interna. Igualmente, de la evaluación del desempeño (artículo 16 a 20), de la regulación de los artículos 21 y siguientes en materia de derechos retributivos. Asimismo coincide la numeración en la regulación del derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional, del derecho de reunión (artículos 31 a 46). Coincidencia igualmente en la regulación a partir del artículo 47 del derecho a la jornada de trabajo permisos y vacaciones hasta el artículo 51. Coincidencia de regulación en los artículos 52 a 54 en cuanto a los deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Coincidencia en la regulación de la adquisición y pérdida de la relación de servicio en los artículos 55 a 62. Coincidencia en la regulación de la pérdida de la relación de servicio (artículo 63 a 68).

Acción formativa dirigida a

Empleados públicos (funcionarios y personal laboral) que deseen adquirir, incrementar o actualizar sus conocimientos sobre el régimen local de acuerdo con el temario propuesto. Alumnos de GAP de la UPV, de la licenciatura de derecho u otras, opositores, y demás personal interesado en adquirir conocimientos sobre la materia objeto del curso.


Profesores


Metodología didáctica y sistemas de evaluación

Las clases se imparten a través de POLIFORMAT de la Universidad Politécnica de Valencia, en la cual el alumno dispondrá, desde el primer día de curso, de todo el material necesario para el seguimiento y estudio del curso así como de todos los exámenes y prácticas a realizar para superar el curso.

Temas a desarrollar

Tema 1. El nuevo régimen jurídico la función pública de las administraciones públicas: Especial referencia a las entidades locales.
Tema 2. Clases de personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 3. Derechos de los empleados de las administraciones públicas: Carrera administrativa, promoción interna, derechos retributivos y negociación colectiva.
Tema 4. Deberes de los empleados de las administraciones públicas: El código de conducta.
Tema 5. Adquisición de la condición de funcionario público: Sistemas de acceso a la función pública.
Tema 6. Ordenación de la actividad profesional en la administración pública: Estructura de los funcionarios públicos.
Tema 7. La provisión de los puestos de trabajo en las administraciones públicas.
Tema 8. La pérdida de la condición de funcionario público.
Tema 9. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos.
Tema 10. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos.
Tema 11. Régimen de incompatibilidades de los funcionarios públicos.

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