Curso

LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES DERIVADA DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LEY 40/2015, DE LA LEY 27/2013 Y DE LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO 9/2017

  • Desde: 1/12/18
  • Hasta: 1/2/19
  • Campus Virtual
  • Idioma: Castellano
  • Online

Preinscripción desde el 16/10/18

Promovido por:
Dpto. de Urbanismo

Responsable de la actividad:
Mª Jesus Romero Aloy



Modalidad

Presencial Online Emisión en directo

0 horas


50 horas


0 horas

Lugar de impartición
ON LINE
Certificación

Aprovechamiento

Modalidad

ONLINE

Curso

2018-2019

ECTS

5

Campus

Virtual

0 h

Presenciales

50 h

Online

Precio Colectivo
212 € Alumni UPV PLUS o AAA UPV 
212 € Alumno UPV 
212 € Personal UPV 
230 € Público en general 
212 €  EMPLEADOS PÚBLICOS
212 €  DESEMPLEADOS
212,00 € - Alumni UPV PLUS
212,00 € - Alumno UPV
212,00 € - Personal UPV
230,00 € - Público en general
212,00 € - DESEMPLEADOS
212,00 € - EMPLEADOS PÚBLICOS

Objetivos

La reforma del artículo 135 de la Constitución española, en su nueva redacción dada en 2011, consagra la estabilidad presupuestaria como principio rector que debe presidir las actuaciones de todas las Administraciones Públicas, entre ellas evidentemente la prestación de los servicios públicos locales. En desarrollo de este precepto constitucional se aprobó la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que exige nuevas adaptaciones de la normativa básica en materia de Administración local para la adecuada aplicación de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera o eficiencia en el uso de los recursos públicos locales y, por supuesto en la prestación de servicios públicos locales. Todo ello exige adaptar algunos aspectos de la organización y funcionamiento de la Administración local así como mejorar su control económico-financiero.
La reforma persigue varios objetivos básicos: clarificar las competencias municipales para evitar duplicidades con las competencias de otras Administraciones de forma que se haga efectivo el principio «una Administración una competencia», racionalizar la estructura organizativa de la Administración local de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y favorecer la iniciativa económica privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas.
En efecto, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, diseñó un modelo competencial que ha dado lugar a disfuncionalidades, generando en no pocos supuestos situaciones de concurrencia competencial entre varias Administraciones Públicas, duplicidad en la prestación de servicios, o que los Ayuntamientos presten servicios sin un título competencial específico que les habilite y sin contar con los recursos adecuados para ello, dando lugar al ejercicio de competencias que no tienen legalmente atribuidas ni delegadas y a la duplicidad de competencias entre Administraciones. El sistema competencial de los Municipios españoles se configura en la praxis como un modelo excesivamente complejo, del que se derivan dos consecuencias que inciden sobre planos diferentes.
Por una parte, este sistema competencial municipal hace que se difumine la responsabilidad de los gobiernos locales en su ejercicio y se confunda con los ámbitos competenciales propios de otras Administraciones Públicas, generando, en no pocas ocasiones, el desconcierto de los ciudadanos que desconocen cuál es la Administración responsable de los servicios públicos.
Por otra parte, existe una estrecha vinculación entre la disfuncionalidad del modelo competencial y las haciendas locales. En un momento en el que el cumplimiento de los compromisos europeos sobre consolidación fiscal son de máxima prioridad, la Administración local también debe contribuir a este objetivo racionalizando su estructura, en algunas ocasiones sobredimensionada, y garantizando su sostenibilidad financiera y ello repercute directamente en la prestación de los servicios públicos locales.
Con la modificación se ha reforzado el papel de las Diputaciones Provinciales. Esto se lleva a cabo mediante la coordinación por las Diputaciones de determinados servicios mínimos en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes o la atribución a éstas de nuevas funciones como la prestación de servicios de recaudación tributaria, administración electrónica o contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, su participación activa en la elaboración y seguimiento en los planes económico-financieros o las labores de coordinación y supervisión, en colaboración con las Comunidades Autónomas, de los procesos de fusión de Municipios.
A este respecto, cabe señalar que por primera vez se introducen medidas concretas para fomentar la fusión voluntaria de municipios de forma que se potencie a los municipios que se fusionan ya que contribuyen a racionalizar sus estructuras y superar la atomización del mapa municipal.
Por otra parte, se introducen nuevas medidas dirigidas a la racionalización organizativa e integración coordinada de servicios que, junto a las ya previstas en el artículo 21 de la Ley Orgánica de 2/2012, de 27 de abril, deberán incluirse en los planes económico-financieros de las Entidades Locales.
Asimismo, como medida de transparencia, se establece la obligación de determinar el coste efectivo de los servicios que prestan las Entidades Locales, de acuerdo con criterios comunes, y se dispone su remisión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación. Esta medida se considera un paso fundamental en la mejora de la información disponible, eliminando asimetrías, para la toma de decisiones de los ciudadanos y de la Administración, y contribuirá de forma permanente al aumento de la eficiencia. En este sentido, con la publicación agregada de la información de todos los costes efectivos de los servicios prestados por todas las Entidades Locales el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas contribuye a garantizar el cumplimiento del principio de eficiencia de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Uno de los aspectos clave para la prestación de los servicios públicos es el fomento de las figuras asociativas municipales, pues se considera que las mismas contribuyen de forma muy efectiva a la mejora en la prestación de los servicios públicos por parte de los entes locales, lo que redunda en una mejora singular de la calidad de vida de los ciudadanos.
Por tanto, a través del presente curso se ofrece al alumno la adquisición de conocimientos que le permitirán distinguir qué servicios debe prestar una entidad local, el papel fundamental de las diputaciones provinciales en la prestación de los servicios en los municipios de menos de 20.000 habitantes, las formas de gestión de servicios públicos locales, el veto de crear entes instrumentales para la prestación de servicios locales en el caso de que la entidad local del que dependa el ente instrumental o al que se vincule tenga aprobado un plan de ajuste o un plan económico-financiero. Se desarrollan con detenimiento cada una de las formas de gestionar los servicios locales, las actuaciones preparatoria para ello y, finalmente, se hace referencia al coste de los servicios públicos locales.

Acción formativa dirigida a

­- Funcionarios administraciones públicas estatal, autonómica o local y resto del personal del sector público.
­- Opositores al sector público.
­- Operadores privados que se relacionen con el sector público.
­- Estudiantes de GAP o derecho, ciencias económicas, políticas y de la administración, incluso de cualquier grado puesto que en algún momento de su profesión precisarán relacionarse con las administraciones públicas y deberán distinguir qué es el sector público del sector privado, lo que conlleva ampliar sus conocimientos y experiencia en este sector.


Profesores


Metodología didáctica y sistemas de evaluación

Las clases se imparten a través de POLIFORMAT, en la cual el alumno dispondrá, desde el primer día de curso, de todo el material necesario para el seguimiento y estudio del curso así como de todos los exámenes y prácticas a realizar para superar el curso.

Temas a desarrollar

Tema 1. Las competencias municipales según la Ley de Racionalidad y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL): Propias, distintas de las propias y delegadas. Especial referencia a la Orden 1/2015 y al Decreto-Ley del Consell 4/2015. La falta de adecuación de la LRLCV al nuevo régimen competencial básico
Tema 2. Concepto básico de servicio público. Servicios mínimos obligatorios. Formas de gestionar los servicios públicos que prestan las entidades locales. Breve referencia a la STC 41/2016 y a la STC 111/2016.
Tema 3. Actuaciones previas para concretar la forma de gestión: La memoria y estudio económico-financiero. La gestión directa por la administración
Tema 4. La gestión directa de los servicios de las entidades locales mediante organismos autónomos: Remisión a la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público 40/2015.Tema 5. La gestión directa de los servicios de las entidades locales mediante entidades públicas empresariales: Remisión a la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público 40/2010.
Tema 6. La gestión directa de los servicios públicos locales mediante sociedad mercantil de capital íntegramente público: Remisión al Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Tema 7. La gestión indirecta de los servicios a través del contrato de servicios: Las características de los contratos de servicios destinados directamente a los usuarios de los servicios.
Tema 8. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de concesión de servicios públicos: Régimen jurídico, actuaciones preparatorias, modalidades, procedimientos de tramitación, formas de adjudicación, duración.
Tema 9. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de concesión de servicios públicos II: Ejecución, modificación, cumplimiento, efectos, resolución y subcontratación.
Tema 10. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de concesión de obra pública I: Concepto, actuaciones preparatorias y derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la administración concedente.
Tema 11. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de concesión de obra pública II: Régimen económico-financiero y extinción.
Tema 12. La gestión compartida o asociativa en la prestación de servicios locales I: Comarcas, asociaciones, áreas metropolitanas y mancomunidades de municipios.
Tema 13. La gestión compartida o asociativa en la prestación de servicios locales II: Entidades locales menores y convenios administrativos de colaboración.
Tema 14. La gestión compartida o asociativa en la prestación de servicios locales III: Consorcios y fundaciones. Disposiciones comunes a todas las formas de gestión.