Curso

LA NUEVA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES DERIVADA DEL NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LEY 40/2015 Y LA LEY 27/2013

  • Desde: 15/9/17
  • Hasta: 15/11/17
  • Campus de Valencia
  • Idioma: Castellano
  • Online

Preinscripción desde el 5/7/17

Matrícula disponible hasta el 29/9/17

Promovido por:
Dpto. de Urbanismo

Responsable de la actividad:



Modalidad

Presencial Online Emisión en directo

0 horas


100 horas


0 horas

Lugar de impartición
ON LINE
Certificación

Aprovechamiento

Modalidad

ONLINE

Curso

2017-2018

ECTS

10

Campus

Valencia

0 h

Presenciales

100 h

Online

Precio Colectivo
175 € Alumno UPV 
175 € Alumni UPV PLUS o AAA UPV 
175 € Personal UPV 
210 € Público en general 
175 €  Empleados públicos
175 €  Desempleados
210,00 € - Público en general
175,00 € - Personal UPV
175,00 € - Alumni UPV PLUS
175,00 € - Alumno UPV
175,00 € - Empleados públicos
175,00 € - Desempleados

Objetivos

La reforma del artículo 135 de la Constitución española, en su nueva redacción dada en 2011, consagra la estabilidad presupuestaria como principio rector que debe presidir las actuaciones de todas las Administraciones Públicas, entre ellas evidentemente la prestación de los servicios públicos locales. En desarrollo de este precepto constitucional se aprobó la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que exige nuevas adaptaciones de la normativa básica en materia de Administración local para la adecuada aplicación de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera o eficiencia en el uso de los recursos públicos locales y, por supuesto en la prestación de servicios públicos locales. Todo ello exige adaptar algunos aspectos de la organización y funcionamiento de la Administración local así como mejorar su control económico-financiero.
La reforma persigue varios objetivos básicos: clarificar las competencias municipales para evitar duplicidades con las competencias de otras Administraciones de forma que se haga efectivo el principio «una Administración una competencia», racionalizar la estructura organizativa de la Administración local de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y favorecer la iniciativa económica privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas.
En efecto, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, diseñó un modelo competencial que ha dado lugar a disfuncionalidades, generando en no pocos supuestos situaciones de concurrencia competencial entre varias Administraciones Públicas, duplicidad en la prestación de servicios, o que los Ayuntamientos presten servicios sin un título competencial específico que les habilite y sin contar con los recursos adecuados para ello, dando lugar al ejercicio de competencias que no tienen legalmente atribuidas ni delegadas y a la duplicidad de competencias entre Administraciones. El sistema competencial de los Municipios españoles se configura en la praxis como un modelo excesivamente complejo, del que se derivan dos consecuencias que inciden sobre planos diferentes.
Por una parte, este sistema competencial municipal hace que se difumine la responsabilidad de los gobiernos locales en su ejercicio y se confunda con los ámbitos competenciales propios de otras Administraciones Públicas, generando, en no pocas ocasiones, el desconcierto de los ciudadanos que desconocen cuál es la Administración responsable de los servicios públicos.
Por otra parte, existe una estrecha vinculación entre la disfuncionalidad del modelo competencial y las haciendas locales. En un momento en el que el cumplimiento de los compromisos europeos sobre consolidación fiscal son de máxima prioridad, la Administración local también debe contribuir a este objetivo racionalizando su estructura, en algunas ocasiones sobredimensionada, y garantizando su sostenibilidad financiera y ello repercute directamente en la prestación de los servicios públicos locales.
Con la modificación se ha reforzado el papel de las Diputaciones Provinciales. Esto se lleva a cabo mediante la coordinación por las Diputaciones de determinados servicios mínimos en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes o la atribución a éstas de nuevas funciones como la prestación de servicios de recaudación tributaria, administración electrónica o contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, su participación activa en la elaboración y seguimiento en los planes económico-financieros o las labores de coordinación y supervisión, en colaboración con las Comunidades Autónomas, de los procesos de fusión de Municipios.
A este respecto, cabe señalar que por primera vez se introducen medidas concretas para fomentar la fusión voluntaria de municipios de forma que se potencie a los municipios que se fusionan ya que contribuyen a racionalizar sus estructuras y superar la atomización del mapa municipal.
Por otra parte, se introducen nuevas medidas dirigidas a la racionalización organizativa e integración coordinada de servicios que, junto a las ya previstas en el artículo 21 de la Ley Orgánica de 2/2012, de 27 de abril, deberán incluirse en los planes económico-financieros de las Entidades Locales.
Asimismo, como medida de transparencia, se establece la obligación de determinar el coste efectivo de los servicios que prestan las Entidades Locales, de acuerdo con criterios comunes, y se dispone su remisión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación. Esta medida se considera un paso fundamental en la mejora de la información disponible, eliminando asimetrías, para la toma de decisiones de los ciudadanos y de la Administración, y contribuirá de forma permanente al aumento de la eficiencia. En este sentido, con la publicación agregada de la información de todos los costes efectivos de los servicios prestados por todas las Entidades Locales el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas contribuye a garantizar el cumplimiento del principio de eficiencia de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Uno de los aspectos clave para la prestación de los servicios públicos es el fomento de las figuras asociativas municipales, pues se considera que las mismas contribuyen de forma muy efectiva a la mejora en la prestación de los servicios públicos por parte de los entes locales, lo que redunda en una mejora singular de la calidad de vida de los ciudadanos.
Por tanto, a través del presente curso se ofrece al alumno la adquisición de conocimientos que le permitirán distinguir qué servicios debe prestar una entidad local, el papel fundamental de las diputaciones provinciales en la prestación de los servicios en los municipios de menos de 20.000 habitantes, las formas de gestión de servicios públicos locales, el veto de crear entes instrumentales para la prestación de servicios locales en el caso de que la entidad local del que dependa el ente instrumental o al que se vincule tenga aprobado un plan de ajuste o un plan económico-financiero. Se desarrollan con detenimiento cada una de las formas de gestionar los servicios locales, las actuaciones preparatoria para ello y, finalmente, se hace referencia al coste de los servicios públicos locales.

Acción formativa dirigida a

­- Funcionarios administraciones públicas estatal, autonómica o local y resto del personal del sector público.
­- Opositores al sector público.
­- Operadores privados que se relacionen con el sector público.
­- Estudiantes de GAP o derecho, ciencias económicas, políticas y de la administración, incluso de cualquier grado puesto que en algún momento de su profesión precisarán relacionarse con las administraciones públicas y deberán distinguir qué es el sector público del sector privado, lo que conlleva ampliar sus conocimientos y experiencia en este sector.



Metodología didáctica y sistemas de evaluación

Curso "on line" en el que la formación se lleva a cabo a distancia mediante una interacción continua y diaria mediante chats on line, exámenes on line, y facilitación de textos y documentos a través de poliformat, plataforma educativa de la Universidad Politécnica de Valencia.

Temas a desarrollar

Tema 1. Las competencias municipales según la Ley de Racionalidad y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL): Propias, distintas de las propias y delegadas. El servicio público en la esfera local: Su creación y continuidad. Los servicios mínimos obligatorios de la LRSAL: Especial referencia a la prestación de servicios por las Diputaciones respecto de los municipios con menos de 20.000 habitantes. La disfunción con la Ley de Régimen Local de la Comunidad Valencia 8/2010. Formas de gestionar los servicios públicos locales: Enumeración.
Tema 2. Contenido y tramitación de la memoria comprensiva de los aspectos sociales, financieros, técnicos y jurídicos de la actividad, la forma de gestión, la previsión de los ingresos y precio de los servicios ofertados y los supuestos de cese de la actividad.
Tema 3. La gestión directa de los servicios de las entidades locales por la propia administración con organización especializada y si ella.
Tema 4. La gestión directa de los servicios de las entidades locales mediante organismos autónomos: Remisión a la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público 40/2015.
Tema 5. La gestión directa de los servicios de las entidades locales mediante entidades públicas empresariales: Remisión a la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público 40/2010.
Tema 6. La gestión directa de los servicios públicos locales mediante sociedad mercantil de capital íntegramente público: Remisión al Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Tema 7. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de gestión de servicios públicos I: Régimen jurídico, actuaciones preparatorias, modalidades, procedimientos de tramitación, formas de adjudicación y duración.
Tema 8. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de gestión de servicios públicos II: Obligaciones y derechos del contratista y de la administración, modificación del contrato, el reequilibrio económico del contrato, extinción y subcontratación.
Tema 9. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de concesión de obra pública I: Concepto, actuaciones preparatorias y derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la administración concedente.
Tema 10. La gestión indirecta de los servicios locales a través del contrato de concesión de obra pública II: Selección del contratista y formas de adjudicación, modificación del contrato, régimen económico-financiero, extinción y subcontratación.
Tema 11. La gestión compartida o asociativa en la prestación de servicios locales: Las mancomunidades, áreas metropolitanas y los consorcios.
Tema 12. El cálculo del coste efectivo de los servicios de las Entidades Locales. La Orden HAP/2075/2014, de 6 de noviembre, por la que se establece los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales.