El 26 de octubre de 2012, el Consejo de Ministros acordó la creación de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), con la finalidad de acometer la radiografía más minuciosa que se ha hecho de nuestro sector público en las últimas décadas. La CORA ha desarrollado sus trabajos en colaboración con la sociedad. Se constituyó un Consejo Asesor en el que estuvieron representados el Defensor del Pueblo, las organizaciones empresariales y representativas de empleados públicos (CC.OO., UGT, CSIF, FEDECA, CEOE-CEPYME), el Consejo de Consumidores y Usuarios, la Asociación de Trabajadores Autónomos, el Instituto de Empresa Familiar, el Consejo Superior de Cámaras de Comercio y la Asociación Española de Empresas de Consultoría, cuyas valiosas aportaciones han servido para elaborar numerosas propuestas. Asimismo, se abrió un buzón de participación ciudadana a través del cual se han recibido 2.239 sugerencias en materia de duplicidades y simplificación administrativa, que igualmente se han mostrado muy útiles para detectar materias susceptibles de mejora.
El informe del CORA, que fue elevado al Consejo de Ministros el 21 de junio de 2013, formuló 218 propuestas basadas en el convencimiento de que una economía competitiva exige unas Administraciones Públicas eficientes, transparentes, ágiles y centradas en el servicio a los ciudadanos y las empresas.
De este informe se desprende la necesidad de dotar a nuestro sistema legal de un derecho administrativo sistemático, coherente y ordenado, de acuerdo con el proyecto general de mejora de la calidad normativa que inspira todo el informe aprobado por la CORA. En él se previó la elaboración de dos leyes: una, reguladora del procedimiento administrativo, que integraría las normas que rigen la relación de los ciudadanos con las Administraciones. Otra, comprensiva del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, donde se incluirían las disposiciones que disciplinan el sector público institucional. Con ello, se aborda una reforma integral de la organización y funcionamiento de las Administraciones articulada en dos ejes fundamentales: la ordenación de las relaciones ad extra de las Administraciones con los ciudadanos y empresas, y la regulación ad intra del funcionamiento interno de cada Administración y de las relaciones entre ellas.
El objeto general de este curso responde al estudio detallado de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público que comprende al segundo de los ejes citados, y abarca, por un lado, la legislación básica sobre régimen jurídico administrativo, aplicable a todas las Administraciones Públicas; y por otro, el régimen jurídico específico de la Administración General del Estado, donde se incluye tanto la llamada Administración institucional, como la Administración periférica del Estado.
No solamente se analizará lo que se acaba de anunciar sino que el curso también incluye materia para estudiar las relaciones internas entre las Administraciones, estableciendo los principios generales de actuación y las técnicas de relación entre los distintos sujetos públicos.
El objetivo específico y concreto del curso será el estudio de los órganos de las administraciones públicas, los principios de la potestad sancionadora y de la responsabilidad patrimonial, el sector público institucional con especial detalle en los organismos públicos y sociedades mercantiles, la relaciones interadministrativas entre las administraciones públicas, y una breve introducción a la administración electrónica y a la protección de los datos personales de carácter personal.
Al concluir el curso, el alumno tendrá un conocimiento pleno del nuevo régimen jurídico aplicable al sector público de nuestro país.